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2 PRESENTACIóN Y PROCEDIMIENTO DE LOS EISTU

2.1 Procedimiento de los Estudios

Se solicitará un Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano, cuando el proyecto contemple alguna de las exigencias que figuran en el Cuadro N°2.1.

Cuadro N° 2.1

Condiciones que determinan la necesidad de un EISTU

Instrumento Legal

Artículo

Proyectos

Unidad

Requiere EISTU

1

Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones

Art. 2.4.3

Uso Residencial

Estacionamiento

desde 250 Estac.

Uso No Residencial

Estacionamiento

desde 150 Estac.

2

Art. 4.5.4 (*)

Locales Escolares

Capacidad Alumno

desde 721 Alumnos

3

Art. 4.8.3 (*)

Establecimientos Deportivos y Recreativos

Ocupación Máxima

 

desde 1001 Personas

4

Art. 4.13.4.

Terminales de servicios de locomoción colectiva urbana

Tipo y categoría

Todos los terminales excepto los externos y depósitos vehículos de lasde Categorías A1, A2 y B1

5

DFL 850/97 del MOP

- -

Colindantes con Caminos Públicos

No hay

Según criterios anteriores.

6

DS 83/85 de MINTRATEL

- -

Colindantes con Red Vial Básica

No hay

Según criterios anteriores.

* : En lo que corresponde al estudio de tránsito y/o accesibilidad deberán ceñirse a esta Metodología.

Todos los proyectos que requieran de un Estudio de Impacto sobre el Sistema de  Transporte Urbano deberán ser presentados a la Ventanilla única que será  representada  por  la  Secretaría Regional  Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones.

La Ventanilla única se pronunciará en un plazo no mayor a 60 días corridos a  contar de la fecha de recepción en la SEREMITT. Dentro de este plazo, la  SEREMITT solicitará el pronunciamiento de los organismos públicos que corresponda, de conformidad con la legislación vigente.

En caso que la Ventanilla única deba formular observaciones al estudio, éstas se efectuarán en un solo acto y por escrito, mediante carta dirigida a la persona o empresa que presentó el estudio. De existir observaciones, el Titular del proyecto tendrá un plazo máximo de 60 días corridos para dar respuesta a las observaciones formuladas.

Una vez presentadas las correcciones a la totalidad de las observaciones por el interesado, la Ventanilla única se pronunciará respecto del estudio corregido en un plazo no mayor a 30 días corridos, contados desde la fecha de recepción de éste, aprobando o rechazando el estudio. La revisión del estudio corregido se hará sólo sobre aquellos aspectos observados al estudio original.

No obstante lo anterior, si durante el proceso de corrección, el interesado por iniciativa propia introduce modificaciones al proyecto, para efecto de los plazos se entenderá que el proceso se reinicia como si fuera un estudio nuevo.

2.2 Conceptos

Para una mejor comprensión del cuadro 2.1 anterior se deberá considerar por:

Cantidad de estacionamientos: corresponderá a la mayor cantidad de estacionamientos que exijan los Planes Reguladores Intercomunales y Comunales respectivos según el tipo de proyecto y lo contemplado adicionalmente por éste.

 Capacidad de alumnos: corresponderá a la capacidad máxima de alumnos estimada por el establecimiento educacional para atender simultáneamente calculada según su carga de ocupación.

 Ocupación Máxima: corresponderá a la capacidad máxima de personas ofrecida por el recinto para atender simultáneamente calculada de acuerdo a su carga de ocupación.

Categoría del Terminal: corresponderá a la categoría de terminal definida en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Proyecto colindante con camino público:  corresponde al proyecto emplazado en un predio que cuenten con acceso frente a un camino público definido de acuerdo al DFL Nº850 de 1997 del Ministerio de Obras Públicas; en cuyo caso la exigencia de un EISTU será identificada a partir del cumplimiento de alguno de tos criterios mencionados anteriormente.

Proyecto colindante con alguna vía de la Red Vial Básica: corresponde al proyecto emplazado en un predio que cuente con acceso frente a un vía de la Red Vial Básica definida de acuerdo al   DS Nº 83 de 1985, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en cuyo caso la exigencia de un EISTU será identificada a partir del cumplimiento de alguno de los criterios mencionados anteriormente.

2.3 Identificación del Tipo de Estudio

Una vez identificada la necesidad de realizar un EISTU, según el Cuadro N°2.1, el tipo de estudio que se requerirá, será determinado por los criterios que se señalan en el Cuadro N°2.2.

Cuadro N° 2.2

Identificación del Tipo de Estudio

grafi

 * Superficie Terreno Neto

Se distinguen básicamente tres categorías de EISTU: Estudio Táctico Sin Reasignación, Estudio Táctico con Reasignación y Estudio Estratégico.

2.4 Formulario de presentación

En la Figura N°22 se muestra el Formulario de Presentación que se deberá entregar en la Ventanilla única cuando se requiera la realización de un EISTU según el Cuadro  N°2.1. Este formulario está diseñado de tal forma que se puede identificar claramente el tipo de estudio que se requiere, de acuerdo a las características del proyecto.

Para este efecto, se deberá considerar lo siguiente:

1. Nombre del Proyecto

Dirección

Número de rol SIl del predio

Comuna

2. Titular del Proyecto

Dirección

Correo-e

Fono

Fax

3. Consultor del estudio

Dirección

Correo-e

Fono

Fax

4. Breve Descripción del Proyecto de Edificación

Se incluirá aquí una breve descripción del proyecto de edificación, indicando tipo de actividad a desarrollar, períodos del día y de la semana más críticos desde el punto de vista del transporte para el proyecto, primer año de operación y otros antecedentes que sean relevantes para caracterizar adecuadamente el proyecto.

5. Esquema de Ubicación

Se deberá adjuntar un esquema de localización que permita identificar el proyecto en el contexto de la vialidad relevante de la comuna. En el caso que exista Instrumento de Planificación Territorial, se deberán indicar los respectivos códigos de dichas vías.

6. Características Físicas y Opcionales del Proyecto de Edificación

En este cuadro se deberá detallar cada una de los usos contemplados en el proyecto, para lo cual se deberá escoger el o los tipo(s) que mejor representan al proyecto. Para cada uno de ellos, se especificará la superficie construida (m2) y el número de estacionamientos, la capacidad de alumnos, la carga de ocupación o los vehículos usuarios, según corresponda.

Los usos generales contemplados para caracterizar al proyecto son los siguientes.

Usos
Descripción
Industria
Se deberá especificar el código de Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) de la actividad productiva que contempla el proyecto
Comercio Se deberá especificar el tipo de comercio que contempla el proyecto.
Servicios Se deberá identificar el tipo de servicio que contempla el proyecto.
Educación Se deberá identificar el tipo de establecimiento, como también el total de alumnos, entendido como la capacidad máxima de atención simultánea.
Salud Se deberá identificar el tipo de servicio que contempla el proyecto (posta, clínica, hospital u otro).
Vivienda En el caso de proyectos habitacionales, se deberá detallar el tipo de vivienda (social o no social) y cantidad de viviendas.
Establecimientos deportivos y recreacionales Se refiere a actividades relacionadas con establecimientos deportivos, áreas verdes, parques de entretenciones y otros.
Terminal Se deberá identificar la categoría respectiva según lo estipulado en la Ordenanza de General de Urbanismo y Construcciones.
Otro Cualquier otro tipo de uso de suelo no contemplado en los casos anteriores, deberá quedar claramente estipulado.

Superficie de terreno: Se deberá indicar la superficie total del predio en m2

7. Accesibilidad del Proyecto de Edificación

Se deberá especificar si el proyecto colinda con un Camino Público, colinda con la Red Vial Básica (DS 83/85 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y sus modificaciones) o con vías del Plan Regulador Comunal (PRC) o Intercomunal.

Figura N°2.2
Formulario de Presentación para Proyectos de Edificación sometidos a Estudios de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU)


Grafico 2.2

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